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Procedimiento abreviado

El procedimiento abreviado es el procedimiento penal por el que se juzgan los delitos castigados con penas de hasta 9 años de prisión o con cualquier otra pena de naturaleza distinta. Este procedimiento se caracteriza por su agilidad y eficacia en la tramitación de delitos de gravedad intermedia. Se divide en tres fases esenciales que estructuran el desarrollo del caso desde la investigación inicial hasta el juicio oral.

1. Fase de diligencias previas

La primera fase del procedimiento abreviado es la de diligencias previas, en la que se realiza la instrucción del caso. Esta fase tiene lugar en el juzgado de instrucción competente o, en su caso, en el juzgado de violencia sobre la mujer si se trata de delitos relacionados con violencia de género. Durante esta fase se recopilan pruebas y se investiga si los hechos son constitutivos de delito.

Al finalizar la fase de diligencias previas, el juez puede tomar dos decisiones:

  • Archivo de las actuaciones: Si se considera que los hechos investigados no son constitutivos de delito o no existen indicios racionales de criminalidad, se acordará el archivo de las diligencias y el caso quedará cerrado.
  • Transformación en procedimiento abreviado: Si el juez encuentra indicios de criminalidad, transformará las diligencias en un procedimiento abreviado y dará traslado a las partes acusadoras (Ministerio Fiscal y, en su caso, la acusación particular) para que presenten el escrito de acusación.

2. Fase intermedia

En la fase intermedia, las partes acusadoras (Ministerio Fiscal y acusación particular) deben presentar sus escritos de acusación, donde se detallan las pruebas y se formulan las pretensiones punitivas (sanciones penales) y, en su caso, las pretensiones de resarcimiento civil para reparar los daños ocasionados a la víctima.

Por otro lado, la defensa del acusado también debe presentar su escrito de defensa, donde expone su estrategia para contrarrestar las acusaciones, presentar sus propias pruebas y solicitar, si corresponde, la absolución o una reducción de la pena.

3. Juicio oral

La tercera y última fase del procedimiento abreviado es el juicio oral, donde se celebrará el juicio propiamente dicho. La competencia para celebrar este juicio depende de la gravedad del delito:

  • Juzgado de lo Penal: Para los delitos castigados con penas de hasta 5 años de prisión, el juicio se celebrará en el Juzgado de lo Penal.
  • Audiencia Provincial o Audiencia Nacional: Para los delitos con penas de prisión de entre 5 y 9 años, el juicio será competencia de la Audiencia Provincial o, en su caso, de la Audiencia Nacional.

Durante el juicio oral, se presentan las pruebas, se interrogan a los testigos, y las partes exponen sus alegatos. Una vez concluido el juicio, el juez dictará sentencia, que puede ser condenatoria o absolutoria.

4. La importancia de contar con un abogado

A lo largo de todo el procedimiento abreviado, es crucial contar con un abogado especializado en derecho penal. La intervención de un abogado es esencial en cada fase del proceso, desde la fase de diligencias previas hasta la celebración del juicio oral, para garantizar que tus derechos sean respetados y que se presente una defensa adecuada.

El abogado se encargará de revisar todas las pruebas presentadas por la acusación, preparar la mejor estrategia de defensa, y representarte ante el tribunal en cada etapa del proceso. Además, te asesorará sobre las opciones disponibles, como la posibilidad de negociar acuerdos o reducir las penas a través de conformidades.

5. Nosotros te acompañamos en todo el proceso

En nuestro despacho, te ofrecemos un acompañamiento integral a lo largo de todo el procedimiento abreviado. Desde la fase inicial de instrucción, hasta el juicio oral, trabajamos para proteger tus derechos y brindarte la mejor defensa posible. Cada caso es diferente, y por eso te asesoramos de manera personalizada, buscando siempre la mejor solución para tu situación.

Si necesitas más información o asesoramiento sobre el procedimiento abreviado, no dudes en contactarnos.

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